Información sobre las subvenciones a PYMEs para la prevención de riesgos laborales

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Información sobre las subvenciones a PYMEs para la prevención de riesgos laborales

08/07/2019

El plazo de solicitud de las mismas finalizará el próximo 2 de agosto.

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía destina 4,26 millones de euros para ayudar a las PYMEs andaluzas en la implantación de medidas para la prevención de riesgos laborales. Se trata de subvenciones dirigidas a PYMEs para el desarrollo de proyectos de mejora de la seguridad laboral y la prevención de Riesgos Laborales dotadas con hasta un máximo de 15.000 euros por solicitud.

Requisitos

Las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Podrán solicitar estas subvenciones las PYMEs, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que ocupen a personas trabajadoras por cuenta ajena en los términos definidos por el artículo 1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y lleven a cabo actividades y/o proyectos de mejora de la prevención de riesgos laborales que cumplan los requisitos establecidos las bases reguladoras y repercutan en centros de trabajo radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.
  2. A los efectos de estas subvenciones, se considerarán PYMEs las que se ajusten a la definición que en cada momento establezca la Unión Europea. Actualmente, han de considerarse como tales aquéllas que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) No 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
  3. Acreditar que, durante el año anterior a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes que en cada convocatoria se establezca, el número medio anual de personas trabajadoras empleadas por la entidad solicitante en situación de alta en la seguridad social es igual o superior a uno.
  4. Tener el domicilio social y fiscal en Andalucía.
  5. Desarrollar actividades y/o proyectos que cumplan con los requisitos que se especifican en las bases reguladoras para las actividades y proyectos subvencionables.
  6. Tendrán la consideración de beneficiarias las PYMEs que, cumpliendo con los requisitos anteriores, desarrollen como actividad principal alguna de las actividades económicas que se encuadran en las secciones, divisiones o grupos que se determinan en la convocatoria, según la clasificación del CNAE-2009 establecida por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009. Para la convocatoria del año 2019, serán beneficiarias las PYMEs que desarrollen alguna de las actividades económicas que durante 2018 reflejaron en la comunidad mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales, y que se indican en la convocatoria, así como las PYMEs de la industria manufacturera y los servicios avanzados vinculados a la misma, enmarcadas en el Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral.

Actividades subvencionables

Respecto de las actividades subvencionables, en la convocatoria del año 2019, tendrán la consideración de proyectos prioritarios los siguientes tipos:

  • Proyectos de implantación de medidas de protección del riesgo de exposición a sílice y otros agentes carcinógenos, mutágenos y teratógenos.
  • Proyectos de incorporación de dispositivos de prevención del vuelco de maquinaria o de estructuras de prevención contra el vuelco de maquinaria.
  • Proyectos de implantación de medidas colectivas para la protección del riesgo de caídas en altura para trabajos en superficies frágiles, incluidos invernaderos permanentes.
  • Proyectos de implementación de mejoras ergonómicas en los servicios de alojamiento.
  • Proyectos de ergonomía participativa.
  • Proyectos para implantación o mejora de los sistemas de movilidad segura y/o elaboración de planes de seguridad vial laboral.

Plazo de solicitud

Hasta el 2 de agosto de 2019.

¿Cómo solicitar estas ayudas?

Si necesitas más información sobre estas subvenciones, cómo puedes realizar el trámite, descargarte los formularios necesarios para solicitarla, conocer la documentación a presentar, los requisitos que se deben cumplir, los plazos y la normativa de aplicación o realizar el seguimiento de estado de la subvención, puedes hacerlo a través del siguiente enlace:

Normativa

Convocatoria

Bases reguladoras