Abierto el plazo de solicitud para las subvenciones de modernización pymes comerciales y artesanas de Andalucía

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Abierto el plazo de solicitud para las subvenciones de modernización pymes comerciales y artesanas de Andalucía

08/07/2020

Las ayudas están destinadas a la mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

Desde el Ayuntamiento de La Puebla del Río informamos a la población cigarrera que se ha abierto el plazo de solicitud para las subvenciones de modernización pymes comerciales y artesanas de Andalucía, destinadas a la mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

El plazo de solicitud se encuentra abierto hasta el 03/08/2020 (salvo la línea de Relevo Generacional que finaliza el 30/09/2021).

Estas ayudas pueden subvencionar el 100% de las inversiones del proyecto presentado.

Líneas de Ayuda:

A) Proyectos de modernización digital

B) Proyectos de modernización y actualización de las PYMES comerciales y artesanas

C) Proyectos de expansión

D) Proyectos de relevo generacional

Se puede solicitar varios proyectos, pero sólo uno de cada modalidad.

Las líneas A, B y C van por concurrencia competitiva (es decir, lo importante es la puntuación del proyecto, las ayudas se empezarán dando a las que tengan más puntuación; para ver la puntuación que puede alcanzar tu proyecto ve al archivo adjunto “Valoración Proyecto”).

Sólo la línea de Relevo Generacional (D), va por concurrencia no competitiva, por lo tanto se debe presentar lo antes posible.

Requisitos generales para todas (o algunas) de las líneas:

Personas autónomas y empresas comerciales o artesanas que ejerzan su actividad en Andalucía.

También podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades objeto de subvención.

Los proyectos deben estar de alta:

-     Para las líneas A y B antes del 01/07/2020.

-     Para la línea C y D con una antigüedad de 2 y 5 años respectivamente.

Según la actividad es de:

-   Comercio: que el epígrafe del IAE de su actividad principal sea uno de los relacionados en el Anexo I (ver archivo adjunto “Anexo I - Relación  de Actividades Económicas  Subvencionables”).

-     Artesanía: tiene que estar inscrito en el Registro de Artesanos de Andalucía o cualquier otro Registro autonómico equivalente.

La solicitud se realiza sólo por medios electrónicos, utilizando firma digital, desde la oficina virtual:

https://www.juntadeandalucia.es/economiaconocimientoempresasyuniversidad/oficinavirtual/

Requisitos y desarrollo de las distintas LÍNEAS:

A) MODERNIZACIÓN DIGITAL

Serán proyectos que impulsen la transformación a través de las TIC, su incorporación al ámbito digital e impulsar el comercio electrónico.

Inversión mínima del proyecto a realizar en esta línea será de 1.500 € (IVA excluido). La ayuda puede llegar al 100% siendo como máximo de 6.000 € por establecimiento (12.000 € por empresa si se lleva a cabo en varios establecimientos).

Para el desarrollo de los proyectos de la modalidad A serán subvencionables las siguientes actuaciones:

a) En el ámbito de la mejora de la gestión, las actuaciones dirigidas a la implantación de soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gestión empresarial o directamente con el proceso de comercialización, tales como:

- Programas de gestión

- TPV, sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares.

- Programas u otras soluciones digitales para la implementación de proyectos de gestión de las relaciones con clientes (CRM), u otras actuaciones de fidelización de clientes.

- Balanzas electrónicas y similares.

- Sistemas de contadores de personas en las diferentes áreas del comercio, escaparates virtuales, cartelería digital, u otras soluciones en el espacio de venta.

- Cualquier otra solución digital que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización.

- En el caso de pymes artesanas, además cualquier solución digital que introduzca mejoras en el sistema de producción.

- Implantación y puesta en marcha, incluidas las altas y licencias del primer año y la capacitación necesaria para ello del software, equipamiento informático y tecnológico.

b) En el ámbito del comercio electrónico se podrán subvencionar:

- Creación y diseño de aplicaciones para móviles o sitios web.

- Diseño e implantación de una tienda on-line.

- Adaptación del sitio web del establecimiento comercial a los dispositivos móviles.

- Cualquier otra herramienta que permita avanzar en el uso de todos los canales de comunicación con sus clientes (o potenciales clientes).

- Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en Internet (enlaces patrocinados o marketing en buscadores, acciones de posicionamiento web, campañas de email-marketing, etc.)

- Contratación de una empresa externa que ofrezca el servicio de gestión de las redes sociales, o community management

B) MODERNIZACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LAS PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS

Serán proyectos de modernización, de tal modo que les permita marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad.

Inversión mínima del proyecto a realizar en esta línea será de 1.500 € (IVA excluido). La ayuda puede llegar al 100% siendo como máximo de 15.000 € por establecimiento (26.250 € por empresa si se lleva a cabo en varios establecimientos) 

En los proyectos de la modalidad B serán subvencionables:

- Los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración.

- Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local.

- Equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición y venta.

- Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local o taller artesano.

- En el caso de pymes artesanas además la adquisición de equipamiento y maquinaria utilizados en el proceso de elaboración de los productos artesanos. 

C) EXPANSIÓN

Serán proyectos expansión que tengan por objeto la apertura de un nuevo punto de venta (en el caso de una tienda on-line, puede abrir su primer punto de venta físico).

Inversión mínima del proyecto a realizar en esta línea será de 3.000 € (IVA excluido). La ayuda puede llegar al 100% siendo como máximo de 21.000 € por establecimiento (26.250 € por empresa si se lleva a cabo en dos establecimientos).

En los proyectos de la modalidad C serán subvencionables:

- Los servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto de reforma y/o decoración.

- Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local.

- Equipamiento y mobiliario de uso en la zona dedicada a la exposición y venta.

- Obras de mejora y acondicionamiento de la fachada exterior del local o taller artesano.

- En el caso de pymes artesanas además la adquisición de equipamiento y maquinaria utilizados en el proceso de elaboración de los productos artesanos, tanto en lo relativo a la producción como a la venta.

D) RELEVO GENERACIONAL

Serán proyectos de relevo con la finalidad de contribuir a dar continuidad al negocio que de otro modo se verían abocadas al cierre, debido a la jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida.

La continuidad de la empresa puede llevarse a cabo dentro del entorno familiar de las personas titulares, por las personas trabajadoras de la empresa o, incluso por terceras personas interesadas en continuar con el negocio.

En los proyectos de la modalidad serán subvencionables:

- Desarrollo del protocolo familiar.

- Plan de relevo para las personas trabajadoras de la empresa o terceras personas que se hagan cargo del traspaso del negocio. Dicho plan concluirá con la elevación del mismo a escritura pública ante notario.

- Capacitación de las personas relevistas.

La ayuda puede llegar al 100% de los gastos para la elaboración del protocolo familiar o el plan de relevo. En el caso de los gastos de capacitación de las personas relevistas el máximo subvencionable será el 50% del precio de la acción de capacitación.

La ayuda máxima a percibir dependerá del tamaño de la empresa siendo el importe de la ayuda de:

- 6.000 € de (empresas de menos de 10 personas trabajadoras)

- 8.000 € de (empresas entre 10 y 49 personas trabajadoras)

- 10.000 € (empresas de más de 49 personas trabajadoras)                                                                     

Para ver la normativa completa pueden descargarla de:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/524/BOJA20-524-00042-4956-01_00172366.pdf

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/125/BOJA20-125-00039-6959-01_00174329.pdf

Normativa